martes, 7 de febrero de 2017





Los derechos humanos constituyen y representan una manifestación socio-jurídico-política que se caracteriza fundamentalmente por centrar al sujeto en cuanto a tal en los diversos contextos y circunstancialidades en los cuales este se halla inmerso, a partir de un cúmulo de prerrogativas, máximas, guías y preceptos normativos en virtud de los cuales este puede alcanzar, progresiva y sistemáticamente, el desarrollo pleno de su personalidad, en función de la conjunción de sus intereses personales y del bien común inherente a la convivencia cívica; motivo por el cual, es menester se afiance un orden normativo-institucional que garantice y permita la observancia y la efectividad jurídicas de tales postulados y directrices.
            Siendo esto así, un régimen político democrático requiere de un entrecruzamiento o una concatenación de los principios constitutivos del liberalismo y del comunitarismo, de acuerdo con lo expuesto por el sociólogo Alain Touraine, en tanto que resulta crucial el dinamismo, la dialéctica y el dialogismo entre los diversos sectores de la esfera público-estatal, la esfera social y la esfera privada. 

            La democracia dialógica o reflexiva –en tanto modelo de democracia que se construye a partir de los postulados teóricos de Habermas, Giddens y Ulrich Beck- se define sobre la base de la sinergia que se suscita entre los actores, grupos y sectores sociales constitutivos del Estado, la sociedad civil y la sociedad política (los partidos políticos), partiendo de la argumentación y la deliberación de un conjunto de propuestas coherente, consistente y lógicamente estructurado, que se cimenta en el pluralismo y el respeto a la otredad, cuya orientación estriba en promover un amplio consenso sobre la dirección de los asuntos públicos (de la polis) y, por consiguiente, la mitigación de los diversos conflictos realmente existentes e ineludibles que se (re)producen desde lo político.
            Ahora bien, los derechos humanos pueden ser garantizados, en mayor medida, si y solo si se ponen de relieve determinadas capacidades estatales que adecúen, instrumenten y articulen el probo funcionamiento del entramado institucional, en el marco societal, en aras no solo de materializar la estabilidad y el orden colectivo, sino también la solidificación de los mecanismos tendientes al control del ejercicio del poder en el tejido social de relaciones que configuran y moldean a la realidad, entendida esta como una multiplicidad de miradas y discursos de y desde lo cotidiano.
            Con respecto al panorama sociopolítico venezolano, ha tendido a prevalecer durante los gobiernos de Chávez y Maduro una desmedida y zafia gubernamentalización del Estado, en la cual las instituciones subsumidas a éste quedan supeditadas a los designios, intereses y caprichos de quienes ejercen el gobierno: sobre todo, la figura del presidente personal.
            Es decir, el gobierno –que no es el Estado, sino representante de él- se erige ante los actores no estatales valiéndose de los recursos estatales propiamente dichos; contrariando así, uno de los rasgos característicos de un orden democrático: un Estado de derecho constitucionalmente soportado, en el que las autoridades responden a las premisas jurídico-políticas de corte garantista que priorizan los pesos y contrapesos, la rendición de cuentas, la contraloría y la transparencia.
            Por otra parte, el estado de los derechos humanos en la sociedad venezolana se ha debilitado sobremanera como consecuencia del agravamiento de las condiciones materiales de vida; hemos visto cómo la depauperación en lo socioeconómico ha incidido en el enervamiento del código moral colectivo. Por lo tanto, la inoperancia y el disfuncionamiento del sistema de administración de justicia del Estado venezolano seguirá incidiendo en el robustecimiento de la anomia en nuestras dinámicas políticas y sociales: ¡la norma es que las normas no se cumplen! Muchos se preguntan: ¿para qué?
            El Estado no sanciona debidamente las transgresiones del corpus normativo, que es imprescindible para la convivencia entre sujetos con una diversidad de cosmovisiones, intereses, ideas, valores y expectativas discrepantes entre sí. Otro problema: desde el Estado gubernamentalizado, en la Venezuela actual, se transgrede cualquier tipo de mandatos o garantías constitucionales.
            Así, los esquemas cognitivos e institucionales modernos se han visto desplazados por representaciones colectivas pre-modernas en cuanto a las formas de “hacer justicia”, generando consigo el debilitamiento del pacto social; poniéndose patente así un estado de naturaleza hobessiano del “todos contra todos” –valga la hipérbole-. Como el Estado no responde en relación con las funciones relativas a la administración de justicia, entonces los individuos proceden a “hacer justicia” por sus propias manos, recurriendo usualmente a prácticas como los linchamientos.
            Actualmente son preocupantes las actitudes laudatorias en torno a este tipo de conductas cruentas que resaltan la barbarie por encima de la civilidad. Y más aún, debe destacarse que tales prácticas se contraponen a la esencia de la democracia, la cual gira en torno a la garantía de los derechos humanos, su ampliación y su robustecimiento (consúltese a Norberto Bobbio, a Luigi Ferrajoli, a Robert Dahl, etc).
            El deterioro y el resquebrajamiento de la capacidad del Estado para el cumplimiento de sus funciones definidas típico-idealmente -en un sentido weberiano- han cuestionado su ratio en la sociedad venezolana actual, llegándose a plantear politológicamente la manifestación de diversos rasgos característicos que ponen de manifiesto la prevalencia de un Estado fallido, en tanto y en cuanto se ha desmonopolizado la coacción y la violencia física (por parte de esta institución).
            Es por ello que algunas actitudes e instituciones pre-modernas están posicionándose y aceptándose socialmente en nuestra cotidianidad, mientras siguen afianzándose en nuestras prácticas e interacciones sociales diversas tendencias anómicas -en el sentido sociológico durkheimiano-; tales prácticas caminan a la par con la consolidación de los procesos sociales de precarización y pauperización de los diversos grupos y sectores de la población.
            ¿Civilización o barbarie? ¡Basta de elogiar a la barbarie! No obstante, desde los órganos del poder público se han mostrado indiferentes ante tal tendencia. ¿Artífices y/o cómplices de la barbarie?
            Saque usted sus conclusiones, estimado lector.
 


Artículo publicado en el portal web de Arenga Digital el 05-02-2017:  http://arengadigital.com/derechos-humanos-en-la-venezuela-actual/

(*) Rohmer Samuel Rivera Moreno es politólogo “magna cum laude” egresado de la Universidad de Los Andes (Venezuela). Coordinador de la línea sobre semiótica y discurso político en el Laboratorio de Investigaciones Semióticas y Literarias (LISYL) de la mencionada Universidad.

 

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Politólogo oriundo de Valera, estado Trujillo (Venezuela). 28 años. Estudiante de la Maestría en Desarrollo Regional (ULA), la Maestría en Ciencias Políticas (ULA) y el Doctorado en Educación (ULA). He sido profesor de: Metodología I (Derecho); Metodología II (Derecho); Investigación Educativa (Educación); Lectoescritura y Metodología del Estudio (Derecho); y Psicología General (Programa de Profesionalización Docente) en la ULA-NURR. Actualmente ejerzo como docente en el área de Sociología, adscrita al Departamento de Ciencias Sociales en el mencionado Núcleo de la Universidad de Los Andes. En este espacio espero compartir contenidos de relevancia, pertinencia e interés para los usuarios de las diversas plataformas inherentes a la web 2.0. Auguro nuestra interacción resulte gratificante, fructífera y provechosa. En definitiva, si deseas conocerme, entonces conóceme por lo que escribo. Mucho gusto... ¡Bienvenidos!

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